Protocolo familiar

Nuestra experiencia en el campo de "conflictos" en las empresas familiares es amplia, y recomendamos a nuestros clientes esta herramienta como idónea para dar una respuesta positiva a la solución de estos conflictos.

Aun siendo una figura de fácil reconocimiento socio-económico, lo cierto es que, a diferencia de otros ordenamientos jurídicos, el ordenamiento jurídico español no se ha preocupado en regular la empresa Familiar.

Cabe observar que en la empresa familiar confluyen distintas figuras jurídicas provenientes de diversos ordenamientos jurídicos (civil, mercantil, tributario, laboral, Seguridad Social) que al no estar contempladas para el ámbito empresarial provocan de manera irremediable desajustes legales. Junto a ello, debe añadirse dentro del ordenamiento civil, la coexistencia de diversos derechos civiles autonómicos dentro del territorio estatal, lo que cada vez provoca una mayor confusión.

En el marco de esta serie de consideraciones es donde cabe situar a un instrumento jurídico desarrollado en Estados Unidos desde los años 60 y que, desde hace pocos años se ha venido aplicando en España: el Protocolo familiar. Constituye una respuesta o ingenio que ofrece la praxis jurídica para prevenir o, al menos administrar, toda la problemática que plantea la titularidad, sucesión y gobierno de la Empresa familiar.

Siguiendo al Prof. Vicent Chulià, el Protocolo familiar –equivalente al Shareholders agreement de la Close Corporation en los EEUU- es un acuerdo entre accionistas familiares titulares de bienes y derechos que desean gestionar de manera unitaria y preservar a largo plazo, cuyo objeto es regular la organización corporativa y las relaciones profesionales y económicas entre la Familia y la Empresa.

Desde aquí puede descargar "La guía para la pequeña y mediana empresa familiar".

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